Lo que dice la norma que suspende la habilitación de SGRs
Y es que, tal como indica la norma publicada este jueves en el Boletín Oficial, «al inicio de la anterior gestión de gobierno, y en razón del estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social del país declarada, se consideró indispensable realizar un análisis de los requisitos exigibles para la incorporación de nuevas SGRs».
Sistema de SGRs: qué situación tiene el sector
Actualmente, están autorizadas para funcionar un total de 49 SGRs en Argentina, cada una de las cuales presenta distintas características y una situación diferente en cuanto al Fondo de Riesgo, apalancamiento, garantías otorgadas y nivel de asistencia. Tres de ellas tienen suspendida la operatoria para el otorgamiento de nuevas garantías.
Y señala que un Informe Técnico realizado por la Secretaria de Industria expuso que:
- comparando los montos de Fondo de Riesgo Integrado contra lo efectivamente autorizado para integrar, se concluye que el sistema cuenta con disponibilidad para la realización de aportes a los Fondos de Riesgo de las SGR por un monto total de $ 20.606.058.861 por parte de inversores (Socios Protectores) que se encuentren interesados en participar del Programa;
- que recientemente, en el año 2023, fueron autorizadas a funcionar un total de cuatro nuevas SGR, cada una de ellas con un Fondo de Riesgo autorizado de $2.330 millones;
- que del total de Sociedades autorizadas a funcionar, 17 SGR mantienen un Índice de Solvencia con niveles inferiores a 2 y que el promedio de todo el Sistema es de 2,18, cuando las Sociedades pueden otorgar garantías por hasta un total de cuatro veces el Fondo de Riesgo Disponible.
El impacto fiscal: la clave de la medida
Considerando dichos datos, el Gobierno considera que, con la cantidad actual de SGRs hay mucho potencial para seguir creciendo en número y volumen de garantías otorgadas y en cantidad de Micro, Pequeñas y Medianas empresas asistidas.
Y, por otro lado, hace referencia a la cuestión del impacto fiscal que se produce con la autorización de nuevas sociedades de garantía recíproca, ya que el beneficio impositivo para los Socios Protectores y Partícipes de las Sociedades de Garantía Recíproca se produce en el ejercicio fiscal en el cual los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo se efectivizan.