La Argentina tuvo su segundo revés judicial en el exterior en pocos días. La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, autorizó que fondos institucionales embarguen el equivalente a US$310 millones en bonos del tesoro estadounidense que el Estado tenía depositados en una cuenta especial en la Reserva Federal de Nueva York, de los cuales US$210 millones ya se ejecutaron y otros US$100 fueron congelados. Esto ocurre a pocos días de que otros acreedores ejecutaran en Inglaterra una garantía de US$325 millones que el país había depositado el año pasado para apelar sin éxito el fallo en contra por los bonos cupón PBI.
“La Juez Loretta Preska aprueba el embargo de US$210 millones correspondientes al colateral de los Bonos Brady. En la misma orden, congela otros US$100 millones hasta que dos grupos de acreedores de deuda en default (Attestor Master y Bainbridge Fund) culminen la disputa por estos US$100 millones. Este embargo ocurre a pocos días de la ejecución de la garantía por US$325 millones en el caso Cupón PBI Londres”, dijo Sebastián Maril, consultor de Latam Advisors y especialista en los juicios que la Argentina enfrenta en el exterior.
Maril explicó que Preska ya autorizó la ejecución de sentencia de los US$210 millones y los US$100 millones embargados restantes van a estar en disputa entre dos fondos para ver a quién le corresponde. Se cree que son menos del 3% del total de los tenedores originales que mantuvieron la deuda en default e iniciaron juicio al Estado argentino, llamados coloquialmente holdouts o fondos buitre, que reclamaban, en conjunto, US$464,4 millones.
Los fondos Attestor Master Value, Trinity Investments, White Hawthorne, Bison Bee LLC y Bybrook Capital Master compraron deuda argentina que entró en default en 2001 a tenedores que nunca ingresaron a ninguno de los tres canjes que emitió el país, en 2005 (bajo la gestión de Néstor Kirchner), 2010 (Cristina Kirchner) y 2016 (Mauricio Macri).
En los últimos años, los fondos presionaron en la corte estadounidense para embargar activos que la Argentina había depositado hace décadas como garantía de pago de los bonos Brady, que, como terminaron de pagarse en 2023, quedaron liberados.
Los tenedores de bonos que quedaron en default hace 23 años consiguieron hace un mes que la Corte Suprema de Estados Unidos habilitara que se embarguen estos activos. El máximo tribunal de ese país rechazó la apelación que hizo la Argentina y confirmó el fallo de la jueza Preska, quien había concedido el embargo en agosto de 2022. Luego, la jueza Debra Ann Livingston, de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, confirmó el dictamen en primera instancia y lo mismo hizo la Corte Suprema, en enero pasado.
Durante 2005, los bonos en cuestión ya fueron parte de un embargo cuando la Argentina lanzó el canje por la deuda en default de 2001. El Estado argentino dijo al apelar la autorización de embargo que el excedente de títulos que había quedado remanente luego de terminar de pagar los bonos Brady, en marzo de 2023, eran del Banco Central y no del Estado. Por lo tanto, no estaban disponibles para pagar una deuda del país. También dijo que es una garantía que no debería ser considerada como actividad comercial y que por esa razón era inmune a embargos (ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras).
Sin embargo, en el fallo de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, se argumentó: “En primer lugar, la Argentina sostiene que no es propietaria de los derechos de reversión porque pertenecen al Banco Central de la República Argentina (BCRA). Si bien hemos concluido dos veces que estos derechos de reversión pertenecen a la Argentina, el país pretende volver a litigar la cuestión casi 20 años después de que se resolviera por primera vez. En cualquier caso, su argumento sigue siendo infundado”.
Y luego: “La Argentina utilizó los derechos de reversión en actividades comerciales al menos dos veces antes de su embargo actual. Argumenta que nunca ‘utilizó’ los derechos y que ningún uso se produjo en actividades comerciales, pero ninguna de estas afirmaciones tiene fundamento”.
Fuente: La Nación