El Gobierno de Javier Milei continúa avasallando el derecho de los mas vulnerables, dejando claro que en su política, «la casta», es el argentino trabajador y que lucha a diario por salir adelante.
Es asi que en una nueva ofensiva contra los pueblos originarios, el pasado martes 10 de diciembre, se daba a conocer el decreto 1083/2024 publicado en el Boletín Oficial que declara el fin de la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas, dispuesta en la Ley 26.160, dejando sin efecto el artículo 2 de la misma, que suspendía la ejecución de sentencias y el desalojo de esos territorios ancestrales.
El decreto de Milei ataca el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional, que reconoce “la preexistencia étnica” de los pueblos indígenas en la Argentina y garantiza “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan” y elimina la prórroga de la 21.160 establecida hasta noviembre de 2025. A tono con el discurso racista el decreto estigmatiza a las comunidades originarias, las acusa de “usurpar” tierras y de “ejercer la violencia”.
Ya en 2022, un proyecto de ley, de la entonces diputada nacional, Victoria Villarruel, señalaba que “no puede ser la excusa para avasallar otros artículos de la Carta Magna, como el de propiedad, el de trabajo, el de circulación, el de igualdad ante la ley etc».
Esta política sistemática del gobierno nacional se inició a diez días de iniciar su mandato, el 20 de diciembre de 2023, Javier Milei emitía el Mega DNU o Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. En esos más de trescientos artículos se configuraba el primero de los ataques: una feroz desregulación en materia de energía, tierra y minería y un nuevo salto legal para la entrega de territorios y bienes comunes a capitales extranjeros, una ofensiva, que, anticipaba un nuevo ataque a los pueblos originarios.
Acciones de Sergio Leavy
Ante tal destrato por parte del Presidente Javier Milei hacia las comunidades originarias, es que el Senador Nacional por Salta, Sergio Leavy, presentó un Proyecto de Ley que con el apoyo de Marcelo Lewandowski y 17 legisladores mas que firmaron, pretende extender la prórroga de la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras.
En su Artículo 1° el documento de la autoría de Leavy señala: » Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 (CUATRO) años», ésto siguiendo la línea de la Ley 26.160.
Asimismo, en continuidad señala en el artículo 2: » Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1°. La posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada».
Cabe destacar que la Ley 26.160 sancionada durante la presidencia de Néstor Kirchner, de la cual emana los fundamentos utilizados por Leavy para este proyecto de ley, fue prorrogada en tres oportunidades: en el año 2009 mediante la Ley 26.554; en el 2013 a través de la Ley 26.894, y en el 2017 mediante la Ley 27.400, por la cual extendió su vigencia hasta noviembre de 2021.
Es por eso que una cuarta prórroga permitiría lo que se solicita en el artículo 3° del documento relatado por el Senador Nacional por Salta que expresa: «Durante la vigencia del plazo de la emergencia declarada, el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS deberá garantizar la ejecución y la finalización del relevamiento territorial técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas en marco de lo establecido en ley 26.160, dar intervención al Estado Provincial y los Estados Municipales implicados y en caso de corresponder a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en el ámbito de SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE, y promoverá las acciones que fueren menester con el CONSEJO DE PARTICIPACIÓN INDÍGENA, los Institutos Indígenas Provinciales, Universidades Nacionales, Provinciales y Municipales, Organizaciones Indígenas y Organizaciones No Gubernamentales».
No es un detalle menor que asi como se espera que este proyecto de ley continúe garantizando las tierras a las comunidades originarias, también contempla la creación del «Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas, por un monto de $ 300.000.000 (PESOS TRESCIENTOS MILLONES), que se asignarán en 3 (TRES) ejercicios presupuestarios consecutivos de $ 100.000.000 (PESOS CIEN MILLONES).
Dicho fondo podrá ser destinado a afrontar los gastos que demanden:
a) El relevamiento técnico —jurídico— catastral de las tierras que en forma tradicional, actual y pública ocupan las comunidades indígenas.
b) Las labores profesionales en causas judiciales y extrajudiciales.
c) Los programas de regularización dominial.»
El Proyecto de Ley de Sergio Leavy sostiene la importancia de que continúe vigente la Ley 21.160 y asegura que las medidas del presidente Javier Milei son «muy preocupantes y amenazan con agravar aún más distintos
conflictos que se desarrollan en todo el país, en franca violación de los derechos humanos de estos pueblos» y añade que «la Ley 26.160 era la única norma sobre políticas públicas en Argentina que tendía al reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas».
Por otra parte también condena que «en este contexto, la derogación del Decreto de Necesidad y Urgencia hasta
805/2021 que extendía la vigencia de la ley 26.160, es una pésima señal única
que se suma a otras medidas tomadas por el actual gobierno».
«La sanción y prórrogas a la ley 26.160 implicó el cumplimiento de is en le nto ni e
compromisos asumidos mediante la ratificación del CONVENIO 169 DE sanciór
FUNDAMENTOS LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES aprobado por la Ley N° 24.071, específicamente en lo dispuesto por el artículo 14.2 del referido instrumento internacional, el cual prevé que «Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente…», añade en el documento.
Proyecto de ley prórroga de la emergencia de propiedad comunitaria indígena -comprimido
Tras continuar fundamentando los motivos por los cuales resulta indispensable dar cuntinuidad a la Ley 21.160, el proyecto de Leavy concluye: «A treinta años del reconocimiento de los Pueblos Indígenas en la Constitución Nacional, no hay espacio para el desconocimiento ni el retroceso en materia de derechos colectivos indígenas.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares acompañar la sanción del presente proyecto de ley».