Auditoría general de la provincia informó sobre Rendiciones de Cuentas de la Cooperadora asistencial del Municipio de Tartagal durante el ejercicio año 2015, cuyo presidente del ente auditado es el actual Concejal y encargado de la Intendencia de Tartagal, Eduardo “Chanchín” Leavy, hermano del entonces Intendente Sergio Leavy y se comprobó graves irregularidades.
El informe tiene el carácter de Definitivo. El Informe de Auditoría Provisorio fue notificado al Presidente de la Cooperadora Asistencial, Dn. Eduardo Luis Leavy, por Cédula de Notificación AGPS Nº 86/18, el 02/10/2018, con fecha 09/10/2018, mediante Nota Externa Nº 630/18, el Tesorero de la Cooperadora Asistencial de Tartagal, solicitó prorroga de 10 (diez) días para complementar y/o salvaguardar las observaciones; mediante Nota de la AGPS Nº 782/18 de fecha 11/10/2018, se concede la prórroga solicitada; a la fecha del presente Informe, no se ha recibido respuesta de parte del ente auditado.
El Decreto Reglamentario Nº 1.809/78, en su art. 2º, establece que: “Las cooperadoras asistenciales tendrán por finalidad atender las necesidades sociales prioritarias y, en especial, todo lo relacionado con la salud física y moral de la comunidad. Tendrán preferente atención las siguientes situaciones: a) Protección integral de la madre y el niño hasta la edad escolar. b) Atención nutricional y médica del educando en todos los ciclos de la enseñanza. c) Lucha contra las enfermedades endémicas, transmisibles y/o pestilenciales. d) Readaptación y reeducación de los enfermos mentales, inválidos físicos y niños infradotados. e) Protección y asistencia integral de la familia, ancianidad, desvalidos e incapacitados material o moralmente abandonados”.
El correspondiente informe expresa 14 observaciones del estudio realizado en el campo:
La Cooperadora Asistencial de Tartagal no se encuentra inscripta ante la AFIP, por lo tanto, no posee CUIT. Debido a la inexistencia de CUIT a nombre de la Cooperadora Asistencial, las compras de bienes realizadas con documentación que acredita propiedad (factura, remito y recibo), se realizaron a nombre del Municipalidad de Tartagal y no de la Cooperadora Asistencial, lo que impide la incorporación de esos bienes al patrimonio de la Cooperadora, de conformidad a las normas contables, profesionales y legales vigentes.
Con respecto al Ejercicio 2015, y de la verificación del Libro de Actas, se constató que la Comisión Directiva de la Cooperadora Asistencial de Tartagal, sesiono solo en 3 oportunidades durante todo el año 2015. La obligación es la de sesionar no menos de dos veces por mes.
Del análisis del Libro de Actas suministrado por el ente auditado, se observa que las fojas Nº 177 a 179, 182 a 185 y 191, se encuentran en blanco, lo que representa un riesgo de llenado extemporáneo del acta.
Las fojas Nº 180, 181, 186, 188 y 190, correspondiente al Libro de Actas, se encuentran sin numerar y sin indicación de los días o meses en que se llevan a cabo las sesiones.
La Cooperadora Asistencial de Tartagal, no presentó a la Auditoria General de la Provincia de Salta, las Rendiciones de Cuentas de los meses de enero a diciembre 2.015. por un total de $ 5.960.379
El ente auditado no confecciona informes de gestión, que permitan conocer el Estado de situación financiera y patrimonial de la Cooperadora Asistencial en general y el Estado de Composición de la Deuda, en particular. Según lo informado por la Tesorería General de la Provincia, durante el ejercicio 2015, se transfirió a la Cooperadora Asistencial de Tartagal, la suma de $ 5.960.479,06. Con respecto a los gastos efectuados en concepto de Caja Chica, la Cooperadora Asistencial no cuenta con un manual o instructivo para el manejo y rendición de estos fondos.
Del análisis del total de gastos efectuados durante el ejercicio 2015, se observa que $ 657.696,64 que representan el 10,5% aproximadamente, del total, carecen de documentación respaldatoria.
Durante el ejercicio 2015, La Cooperadora Asistencial abonó en concepto de honorarios a los profesionales: médicos, odontólogos y asistentes sociales, la suma de $ 977.595,25 la Cooperadora Asistencial no suministró los contratos ni documentación alguna donde se detallen los deberes y obligaciones de cada una de las partes o evidencia que permita apropiar el gasto a la Cooperadora Asistencial.
Se observan diferencias entre las Facturas de los profesionales presentadas y los importes consignados en las Ordenes de Pago respectivas. la fecha de autorización del talonario de Facturas, es posterior a la fecha de rendición del gasto.
Con respecto a los gastos en compra de pasajes de colectivo para personas carenciadas, se observa que durante el ejercicio 2015, se abonó por este concepto la suma de $ 2.209.750,07 la Cooperadora Asistencial, no suministró los convenios con las empresas prestatarias, ni la lista de beneficiarios o comprobantes que permita verificar la efectiva recepción del servicio. Además, no se cuenta con evidencias que permitan apropiar el gasto a la Cooperadora Asistencial.
Se observan diferencias entre las Facturas presentada por la empresa prestadora del servicio y el importe consignado en la Orden de Pago. Lo que manifiesta inconsistencia en la información contable suministrada por el ente auditado, poniendo en evidencia fallas en el Sistema de Control Interno.
Durante el mes de mayo de 2015, la Cooperadora Asistencial de Tartagal, realizó una compra directa de camas y cuchetas por un total de $ 328.000,00 y en el mes de octubre de 2015, realizó una compra directa de calzado por $ 167.750,00. No se aportaron, documentación que justifiquen las causas por las cuales se aplicó el procedimiento de Contratación Directa.
Se observa que el total de gastos efectuados en concepto de Caja Chica durante el ejercicio 2015, por $ 176.500,00; $ 172.000,00 no cuentan con documentación de respaldo.
Del análisis de las Ordenes de Pago suministradas, se constató que, durante los meses de enero a marzo de 2015, la Cooperadora Asistencial de Tartagal, no realizó las Retención del Impuesto a las Actividades Económicas, ni la retención del Impuesto a las Actividades Varias.
Desde el mes de abril hasta diciembre de 2015, la Cooperadora Asistencial de Tartagal realizó las retenciones correspondientes a Actividades Económicas de la DGR de Salta y de Actividades Varias correspondientes al Municipio de Tartagal; Asimismo, la Vice presidenta de la Cooperadora Asistencial, en la entrevista realizada manifestó que: las retenciones practicadas no se depositan en las cuentas correspondientes a la DGR ni a las del Municipio. La Cooperadora Asistencial, incurre en deudas exigibles con los organismos mencionados, lo que podría comprometer los fondos administrados.
Del análisis del saldo de Caja y Bancos al 31/12/2015, de $ 266.275,24 informado por la Cooperadora Asistencial, se observa una incongruencia, ya que dicho saldo incluye las retenciones Municipales y de la D.G.R. practicadas y no depositadas por un importe de $ 167.793,49 lo que implicaría un saldo real de Caja y Bancos al 31/12/2015 de $ 98.481,75.
Ahora queda en manos del Concejo Deliberante de la Ciudad de Tartagal en nombrar o no a una comisión investigadora ya que el mismo informe en reiteradas oportunidades de manera textual destaca “La situación descripta pone en evidencia debilidades del Sistema de Control Interno, que es un proceso de control integrado a las actividades operativas, diseñado para asegurar la salvaguarda de los activos, evitando pérdidas por fraude o negligencia, la eficacia de las operaciones y la obtención de información fiable”; incumpliendo con las leyes, decretos y normativas vigentes.
Clic para entrar al informe completo: http://www.agpsalta.gov.ar/informes/zips/242-5451-17.pdf